El de septiembre de 2022 entra en vigor la modificación de la ley del impuesto de gases fluorados
Entra en vigor la modificación del gravamen sobre los gases fluorados de efecto invernadero que se realizo con el Proyecto de Ley 16/2013 del 22 de mayo de 2022. Esta modificación afecta a todos los equipos de climatización que contengan gases fluorados, ya sean domésticos, comerciales o industriales, así como a los equipos de aerotermia, de volumen variable de refrigerante, enfriadoras, minichiller etc.
El impuesto grava la tenencia de los gases fluorados siempre y cuando estos tengan un PCA (Poder de Calentamiento Atmosférico) superior a 150. Así, las nuevas tasas a aplicar sobre los gases fluorados más habituales, incluso los cargados o preparados en los equipos, son:
GAS REGRIGERANTE | PCA | Tasa a partir del 01/09/22 |
---|---|---|
R-134a | 1.430 | 21,45 €/kg |
R-407C | 1.774 | 21,45 €/kg |
R-410a | 2.088 | 21,45 €/kg |
R-32 | 675 | 21,45 €/kg |
* Otros gases también pueden estar afectados por esta modificación
Principales modificaciones
A- Se grava el gas que ya contiene el equipo, así como la primera carga en instalaciones nuevas. Hasta ahora solo se gravaban las cargas adicionales de gas.
B- Elimina figuras antes exentas del pago de este impuesto:
- Desaparece el “revendedor” de equipos. Como consecuencia de esto, tiene lugar la creación de la figura del Almacenista de Gases Fluorados, que deberá estar inscrito en el registro territorial. Tendrá la obligación de presentar la liquidación de manera trimestral y gravará el impuesto sobre los gases fluorados en el momento de la entrega o venta de los mismos.
- Se elimina el CAF para instaladores
- Desaparece también la exención en las escuelas de formación.
En todos los casos será obligaron el pago del impuesto a partir del 1 de septiembre.
La consecuencia más directa de la incorporación de estas nuevas tasas sobre máquinas con gases fluorados es el incremento del coste de los equipos. Además, durante el mes de septiembre del presente año, las empresas instaladoras deberán comunicar a la agencia tributaria su stock de gases fluorados a fecha de 1 de septiembre, y presentar la liquidación de los mismos en un plazo que comprende ese mismo 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre de 2022 en los términos que reglamentariamente se establezcan.
Más info:
https://www.coproven.com/documentos/gasservei-coproven-documento-gases-fluorados.pdf